Ejecutivo venezolano extiende por otros 60 días el «estado de emergencia económica»


Caracas.-
El Gobierno Nacional prorrogó por 60 días la declaratoria del estado de emergencia económica que rige en el país desde abril de este año. La norma fue publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.944, con fecha 8 de diciembre.

Esta nueva prórroga se produce en un momento de crecientes tensiones políticas con Estados Unidos. El gobierno estadounidense mantiene un amplio despliegue militar en el Caribe y ya procedió a incautar un buque cargado de crudo venezolano y sancionar a seis navieras.

Ante esta situación que complica el panorama económico, el Ejecutivo optó por mantener la posibilidad de tomar medidas extraordinarias en materia económica, financiera y social.

Facultades extraordinarias asumidas por el Ejecutivo


El nuevo decreto de prórroga otorga al Gobierno Nacional amplias facultades, incluyendo la capacidad de:

  • Dictar regulaciones excepcionales y transitorias para restablecer los equilibrios económicos.
  • Suspender la aplicación y cobro de tributos nacionales, estatales y municipales para proteger el aparato productivo.
  • Concentrar en el Tesoro Nacional la recaudación de tasas y contribuciones especiales y redireccionar los recursos de todos los fondos existentes.
  • Establecer mecanismos extraordinarios para combatir la evasión y la elusión fiscal.
  • Suspender la aplicación de las exenciones de tributos nacionales.
  • Establecer mecanismos y porcentajes de compra obligatoria de la producción nacional para favorecer la sustitución de importaciones.
  • Adoptar medidas necesarias para estimular la inversión nacional e internacional, así como las exportaciones de rubros no tradicionales.

Además, el decreto autoriza al Ejecutivo a realizar contrataciones y autorizar erogaciones con cargo al Tesoro Nacional no previstas en el Presupuesto Anual.

El artículo 3 de la norma establece una medida central al apuntar que: «Sin menoscabo de lo señalado en el artículo anterior, se suspende por el periodo que dure la emergencia económica la garantía constitucional de la reserva legal en materia económica, financiera y monetaria».

Al mismo tiempo, la norma otorga al Presidente de la República la potestad de dictar otras medidas. «El presidente de la República podrá dictar otras medidas de orden social, económico o político que estime convenientes a las circunstancias para la estabilidad económica y social del país frente a la situación mundial».

Con información de Sumarium

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