Este martes, la Asamblea Nacional, aprobó el Proyecto de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Justicia de Paz Comunal, durante la sesión ordinaria llevada a cabo en el parlamento.
Cabe destacar que este Proyecto, fue aprobado en su segunda discusión y se realizó de acuerdo con lo previsto en el artículo 106 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional.
Esta decisión, abarca los epígrafes 7, 11, 39 y 45; el artículo de la sección tercera; los artículos 7, 8, 11, 14, 15, 18, 20, 26, 29, 30, 35, 36, 39, 41, 44, 45, 47 y 48; y las disposiciones transitorias primera, segunda y única. Suprimieron los artículos 15, 16, 35 y la disposición transitoria tercera.
Y contempla que los jueces de paz comunal, tendrán la facultad de resolver cualquier conflicto entre personas naturales o jurídicas, estos serán renovados cada tres años a través de una consulta popular.
Otro dato importantes, es que los jueces de paz, pueden pedir ayuda a los municipios para ejercer la justicia si así se requiere.
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