El kilómetro 0 de la autopista Caracas - La Guaira, fue el punto de partida de la supervisión del dispositivo Carnavales Felices y Seguros 2024, realizada por el G/D Gabriel Aguana Rodríguez, presidente del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) , en la cual se inspeccionó el cumplimiento de las resoluciones ministeriales conjuntas que buscan garantizar una movilidad segura durante el asueto.
En este lugar se instaló un aula vial en la que se ofreció información a los conductores sobre las medidas preventivas necesarias para circular de forma segura, entre ellas: usar de forma correcta el cinturón de seguridad, el casco protector, y no exceder los límites de velocidad, entre otras.
Posteriormente, desde el Punto de Control para el Transporte de Carga, ubicado en el kilómetro 10 de esta arteria vial (Ciudad Caribia), recordó que solo podrán transitar los vehículos permitidos que transporten combustible, alimentos o medicamentos, durante estos días de Carnaval.
El recorrido continuó hasta el distribuidor El Trébol, donde coincidió con el Almirante Juan Carlos Oti Paituvi, director general de los Centros de Comando, Control y Telecomunicaciones VEN 9-1-1, con quien visualizó desde el vehículo de videovigilancia, el flujo vehicular hacia la entidad costera.
Asimismo, el General de División instó a la ciudadanía a disfrutar de forma sana las fiestas carnestolendas, tener conciencia vial por la vida y la paz con la certeza de que más de 164 mil funcionarios del Sistema de Seguridad Ciudadana se encuentran prestos y dispuestos para garantizar. la protección del Pueblo de Venezuela.
El dispositivo - el INTT tiene operativos a 2 mil 500 funcionarios para llevar mensajes de Conciencia Vial por la Vida y la Paz- estará activo hasta el próximo miércoles 14 de febrero, acciones que contribuirán al fortalecimiento del vértice 1 de la Gran Misión Cuadrantes de Paz .
¿Qué dicen las resoluciones ministeriales?
Desde finales del año 2023 y hasta la fecha se han publicado tres resoluciones conjuntas de los Ministerios para el Transporte, y para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, dirigidas al transporte de carga y al transporte de personas.
Resolución 0199-089: Establece los lineamientos para la habilitación de unidades de transporte terrestre público y privado de personas para prestar servicio fuera de su ruta asignada.
Resolución 0088-0190: Establece el límite máximo de velocidad permitida de 45 km/h, así como el estricto uso del canal derecho, para los vehículos de carga con peso bruto vehicular igual o superior a los 3 mil 500 kilogramos en el tramo vial correspondiente a las troncales, carreteras panamericanas, autopistas, avenidas y vías urbanas.
Resolución 004-002: Establece los límites de velocidad máxima permitida para los vehículos a motor, minibuses y autobuses de uso público y privado en las vías públicas, a saber:
Autopistas 70 km/h.
Troncales 60 km/h.
Zonas urbanas 40 km/h.
Intersecciones 15 km/h.
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